RECONOCIMIENTO Y EJECUCIóN DE RESOLUCIONES EXTRANJERAS EN EL NUEVO REGLAMENTO BRUSELAS I BIS |
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Según respuesta
del editor |
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El presente estudio aborda el régimen de reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales, transacciones y documentos públicos entre los Estados miembros de la Unión Europea tras la entrada en vigor del Reglamento 1215/2102 (conocido como «Reglamento Bruselas 1 bis»). El cambio más relevante, sin duda, ha sido la supresión del procedimiento de exequátur, de modo que en lo sucesivo podrá presentarse directamente demanda ejecutiva acompañada de la resolución extranjera y de un certificado, emitido en el Estado de origen, en el que se condensan los extremos relevantes para su ej ecución. Pero son muchas más las novedades -y también las dificultades- que aporta el nuevo texto legal, como el sistema de oposición al reconocimiento ya la ejecución o las nuevas herramientas para la defensa preventiva del ejecutado. Todas ellas se analizan con detalle, teniendo en cuenta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia europeo, pero con las miras puestas en su aplicación por y ante los órganos jurisdiccionales españoles | ||||||||||||||||||||
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