NATURALEZA JURíDICA DE LA CONCESIóN DE HECHO CONSENTIDA POR LA ADMINISTRACIóN : EL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE AL MARGEN DE UNA CONCESIóN NORMAL

Naturaleza jurídica de la concesión de hecho consentida por la Administración : el suministro de agua potable al margen de una concesión normal
 

AUTOR/-A: 

BAUZá MARTORELL, FELIO JOSé

EDITORIAL: 

COMARES

ISBN: 

9788490451212

EDICIÓ: 

1

DESCR. FÍSICA: 

139 p. 22 cm

DATA PUBL.: 

13-01-2014

IDIOMA: 

spa 
$ 16.50

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    de l'editor


Libro
Afegir a la cistella
 
 
El premio Ángel Olavarría Téllez para «Estudios Jurídicos» que concede la Real Academia Sevillana de Legislación y Jurisprudencia llega ahora a su tercera edición. Con ello se aviva el recuerdo del gran jurista que fue nuestro primer presidente y de cuyo fallecimiento en 2008 ahora se han cumplido cuatro años.
Concurren a este certamen juristas de toda nuestra geografía patria y hemos de destacar con simpatía que no faltan aportaciones de las naciones hispanoamericanas. Además, si en la primera edición la premiada fue una docente universitaria y en la segunda un componente de la Magistratura, ahora la distinción recae en típico funcionario administrativo.
Porque Bauzá Martorell ha sido, entre otros cargos, Secretario General de la Delegación del Gobierno en las Islas Baleares y, en la actualidad, es Consejero Secretario del Consejo Consultivo de esa Comunidad Autónoma.
El Patrocinio es de la Real Maestranza de Caballería de Sevilla, secular y nobiliaria corporación que destaca por su extraordinaria labor de mecenazgo en la esfera cultural; aunque no quede atrás la que realiza en la órbita más asistencial, tanto más necesaria y loable cuánto más duros son los momentos por los que atravesamos.
El tema del agua es de gran relevancia. Nada digamos en el ámbito nacional, donde el Plan Hidrológico es un reto constante. En terreno más cercano, el abastecimiento de agua a domicilio, puede decirse que representa competencia municipal para atender la que es quizás la más apremiante necesidad de los mortales. Y aquí se inserta el tema concreto del trabajo que presentamos: ese suministro cuando no existe la expresa concesión de la Administración.
El problema fundamental abordado es el de la naturaleza jurídica del supuesto. Y aquí se destaca la siempre difícil distinción entre la mera autorización y la propia concesión administrativa: lo mismo que se distingue entre lo que es ese propio servicio de prestación y otras autorizaciones concurrentes (de industria o sanidad) que sin embargo no pueden sustituir a lo que es la fundamental.
Para basar la admisibilidad de la figura estudiada se va recorriendo una gama de conceptos. Desde el poder de lo fáctico, pasando por el siempre estimable del no enriquecimiento injusto, hasta la negotiorum gestio. Es bien interesante la excursión que se hace en torno al precario, con la distinción en él de las tres modalidades. Especialmente simpática es al que esto escribe la invocación de la obra al respecto de su compañero de cuerpo Cirilo Martín Retortillo, también Abogado del Estado en Sevilla y padre de una brillante estirpe de administrativistas, Sebastián y Lorenzo.
Como deducción obligada de la naturaleza jurídica que se mantiene para la figura estudiada aparecen en el trabajo las otras cuestiones. Así el plazo, donde pasado el legal, se apunta acertadamente a que aquel precario se convierte en lo que es aun más precario. Unido al tiempo está el problema de la posible prórroga. Se abordan la extinción, el posible rescate y finalmente la reversión de las instalaciones y el que quepa una indemnización a favor de quien había prestado ese servicio.
Junto a ese orden en el tratamiento de las materias, hay que destacar en el trabajo la abundante cita jurisprudencial. No se limita a la emanada del Tribunal Supremo, sino que se completa con los pronunciamientos de otros órganos inferiores. Muy rica es la información de la doctrina de los órganos de asesoramiento de la Administración; pues, aparte la mención al Consejo de Estado, aparecen citados los Consejos Consultivos de varias Comunidades Autónomas o la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
Unas breves conclusiones cierran la obra y la oportuna información bibliográfica. La correspondiente a la materia tratada se enriquece ahora con el trabajo que estas líneas presentan. El juicio sobre todo ello queda ya en manos del ilustrado lector que se adentre en el contenido de aquél.
 
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