Se entiende como métodos no químicos a aquellos métodos alternativos a los productos fitosanitarios de naturaleza química para la protección fitosanitaria a la gestión de plagas basados en técnicas agronómicas, o métodos físicos, mecánicos, biotécnicos o biológicos de control de plagas. Desde el 26 de noviembre de 2015, los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios han de estar en posesión de un carné que acredite los conocimientos apropiados para ejercer su actividad, según los niveles de capacitación establecidos en el artículo 18 del RD 1311/2012. El nivel fumigador está destinado para aplicadores que realicen tratamientos con productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos, o mortales, o que generen gases de esta naturaleza. Para obtener el carné de fumigador será condición necesaria haber adquirido previamente la capacitación correspondiente a los niveles básico o cualificado según lo especificado en las letras a) y b) del artículo 18 del RD 1311/2012. Este manual ha sido elaborado conforme a los contenidos dispuestos en el anexo IV del RD 1311/2012 para el nivel fumigador |