LOS PLANES PROVINCIALES COMO INSTRUMENTOS JURíDICOS NECESARIOS EN LA COOPERACIóN MUNICIPAL Y PARA EL EJERCICIO DE COMPETENCIAS PROPIAS DE LAS DIPUTACIONES |
||||||||||||||||||||
|
$ 13.50
According to
publisher's response |
|||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||
El artículo 4.1c) LRBRL reconoce a las provincias, junto a municipios e islas, en su calidad de Administraciones públicas de carácter territorial, y dentro de la esfera de sus competencias, la potestad genérica de programación o planificación. Al ejercer esta potestad, es una obviedad el reconocer que los resultados de la misa –de seguir el procedimiento para ello- habrá de recibir con toda corrección la calificación de planes provinciales respecto a la materia de que se trate, sin mayores añadidos. Al margen de la nueva redacción del artículo 36 LBRL en cuanto a la omisión de los intereses peculiares de la provincia, sigue vigente y, por tanto, viva la facultad que reconoce de manera genérica el artículo 2.1 LBRL a todos los entes locales de intervenir en cuantos asuntos afecten al círculo de sus intereses, evidentemente, con las competencias que se le atribuyan y a través de las potestades instrumentales del artículo 4. Todo ello lleva –y esta es la única conclusión lógica- a que la planificación propia, con criterios de cada provincia atendiendo a sus circunstancias, debe estar concertada hacia abajo para conectarse con los municipios, y de estar concertada hacia arriba para coordinarse con el resto de las Administraciones públicas de nivel superior, para asegurar coherencia y evitar duplicidades. Los planes provinciales, por tanto y de una forma u otra, deben ser necesariamente planes concertados. |
||||||||||||||||||||
Premio Fernando Albi 2017 de la Diputación de Alicante |
||||||||||||||||||||
|
SERVICIO EXCLUSIVO Y ESPECIALIZADO A BIBLIOTECAS |
Puvill Libros, S.A. c/ Estany, 13, Nave D-1. 08038 Barcelona |
+34 932 988 960 +34 932 988 961 info@puvill.com |
facebook.com/Puvill.Libros
plus.google.com/+PuvillLibrosBarcelona |