LOS DERECHOS INDIVIDUALES DE FORMACIóN EN EL ARTíCULO 23 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES |
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Siendo la formación profesional continua un aspecto cada vez más asumido y valorado por empresarios y trabajadores, el objetivo de la presente monografía consiste en analizar si el contenido y alcance de los derechos recogidos en el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores es suficiente y adecuado al fin que se propone, cual es la facilitación de conciliar las obligaciones laborales con el seguimiento de acciones formativas, mientras se mantiene vigente el contrato de trabajo. Estructurada en cuatro capítulos, en ella se estudia de forma exhaustiva este complejo artículo estatutario, que tantas veces ha pasado desapercibido, proponiendo diversas modificaciones de índole sistemática, de redacción y de contenido al efecto de mejorar su comprensión, efectividad y eficacia. En ese sentido, la obra concluye con una propuesta de lege ferenda consistente en la sustitución del derecho a veinte horas anuales de formación, que se incorporó al artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores con ocasión de la reforma laboral de 2012, por la creación de un cheque-formación para trabajadores dependientes inspirado en la cuenta personal de formación francesa | ||||||||||||||||||||
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