LA SUPERFICIES EN DERECHO ROMANO

La superficies en Derecho romano
 

AUTOR/-A: 

ZAERA GARCíA, ANA

EDITORIAL: 

DYKINSON

COLECCIÓN: 

MONOGRAFíAS DE DERECHO ROMANO

ISBN: 

9788491482918

EDICIÓN: 

1

DESCR. FÍSICA: 

316 p. 21 cm

FECHA PUBL.: 

05-09-2017

IDIOMA: 

spa 
$ 28.00

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El origen del instituto de la superficies lo encontramos en las primeras concesiones a los particulares de loca publica dentro de la ciudad.
Estas concesiones parece que se llevaron a cabo desde la etapa monárquica , si bien no tenemos constancia de ellas hasta la promulgación de la Lex Icila de Aventino publicando en el año 456 a. de C.
Antes de proceder al estudio de la Lex Icila de Aventino publicando es necesario ver los motivos que dan lugar a la promulgación de esta ley.
Las circunstancias económicas, sociales y políticas en las que la ciudad se ve envuelta, configuran un panorama de difícil solución, pero que determina el posterior desarrollo que sufre Roma.
Se redactó la propuesta del Senado en la cual se establecía que debía elegirse a los diez excónsules más ancianos para que procedieran a delimitar el territorio público y señalaran cuánto debía ser alquilado y cuánto repartido entre la plebe.
Probablemente no hubiese unanimidad dentro de la propia plebe sobre el objetivo de sus demandas: así, aquellos que se veían asfixiados por el hambre y las deudas, lo que anhelaban era acceder a terrenos públicos que le permitiesen sobrevivir; sin embargo, para aquellos otros cuya situación económica era favorable la conquista del ager publicus signifi caba la equiparación con la clase dirigente
 
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