Como todo negocio jurídico de carácter contractual, el matrimonio nace del consentimiento de los contrayentes, manifestado en la forma debida. El consentimiento matrimonial, como acto de voluntad por el cual los contrayentes se entregan y aceptan mutuamente para constituir el matrimonio, es el elemento que da origen al vínculo conyugal, su causa eficiente y eficaz. Podría decirse que con el consentimiento se agota, jurídica y naturalmente, todo factor constitutivo del matrimonio. Pero para que dicho acto de voluntad sea generador de un matrimonio válido, es preciso que quienes lo contraen tengan voluntad y capacidad para consentir válidamente y cumplan los requisitos de validez que vienen exigidos por la configuración normativa de la institución matrimonial. |