EL SEGURO DE AMORTIZACIóN DE PRéSTAMO |
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$ 38.50
Según respuesta
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En los préstamos hipotecarios, las entidades bancarias suelen obligar a la suscripción de seguros de amortización que se identifican por las mismas como seguros de vida, y que se caracterizan porque el asegurador asume el pago de la cantidad pendiente de amortizar del asegurado-prestatario, si ocurre alguna de las contingencias previstas en el contrato de seguro (fallecimiento, invalidez, despido, etc.), antes de haber satisfecho la totalidad de la deuda. En consecuencia, este seguro protege a la entidad de crédito ante el posible impago del prestatario debido a la concurrencia del siniestro. Este tipo de seguro no se encuentra recogido específicamente en la Ley de Contrato de Seguro, por lo que esta recopilación de jurisprudencia es especialmente interesante, por ser de las pocas publicadas sobre este tipo de aseguramiento. |
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