El llamado estado de necesidad supone una situación en la que a una persona, para evitar que se produzca un menoscabo de sus propios intereses legítimos, o los de un tercero, no le queda más remedio que lesionar los de otro. Esta circunstancia puede operar como exoneradora de la responsabilidad penal cuando concurran los requisitos marcados por la ley. ¿Qué elementos definen el estado de necesidad? ¿Qué exigencias impone el texto punitivo para que se estime como eximente? ¿Cuándo se considera incompleta o atenuante analógica? |