Se trata de dar cuenta de cómo a la fase histórica actual caracterizada por la aceleración del cambio mediante la sucesión de "acontecimientos"como hechos rupturistas, se corresponde, sin embargo, una estática constitucional tanto formal como teórica y categoríal. Tras analizarse la inacción de los "factores constituyentes", se indica que ese "estatismo" no ha supuesto la interrupción de la relación Realidad-Constitución, que ha seguido, si bien por cauces no formalmente constitucionales aunque de real incidencia constitucional. Junto a causas internas se destaca la importancia del "factor exterior" (ínter y supraestatal) con mención especial a un "soft law", disperso y desordenado pero de creciente relevancia constitucional. El resultado es una realidad constitucional desestructurada, inabordable desde las categorías habitualmente utilizadas y que obliga a acudir a otras, en principio "ajenas", como las procedentes de la Ciencia de la complejidad o de la Teoría del caos. Se concluye señalando la funcionalidad de este "desorden" jurídico respecto del "orden" social existente. |