DE LA "ACTIO INIURARUM" A LOS DAÑOS PUNITIVOS, LA REPARACIÓN DE LESIONES DOLOSAS EN LA TRADICIÓN JURÍDICA CONTINENTAL |
||||||||||||||||||||
|
$ 20.00
Según respuesta
del editor |
|||||||||||||||||||
|
||||||||||||||||||||
La actio iniurarum, también llamada "estimatoria", se formó en Derecho clásico para el castigo de quien lesionara de manera voluntaria el cuerpo o la dignidad de un ciudadano libre, y comportaba una sanción económica privada (a beneficio de la víctima) por tanto cuanto ésta considerara necesario para reponer el honor o la dignidad dañada. Esta institución presenta un fundamento y características similares a la de los daños punitivos del Derecho anglosajón, pudiendo suponerse una relación genética entre ambas. En el ámbito continental, la multa privada por las lesiones dolosas está claramente presente en Derecho común y desaparece en el proceso de la codificación, aunque quizás, de manera más o menos subrepticia, reaparece en el moderno Derecho español, bien por vía legislativa, o bien, más típicamente, por vía doctrinal y jurisprudencial, por lo que el recelo de los autores a aceptar en nuestro Derecho (español y europeo) la incorporación de Daños punitivos no estaría justificada. En esta investigación realizamos un recorrido suficiente pero no exhaustivo del tratamiento que a lo largo de los siglos se ha dado a las lesiones dolosas para concluir poniendo en duda la doctrina casi unánime que sostiene que los daños punitivos son un elemento ajeno y extraño a nuestra tradición jurídica | ||||||||||||||||||||
|
SERVICIO EXCLUSIVO Y ESPECIALIZADO A BIBLIOTECAS |
Puvill Libros, S.A. c/ Estany, 13, Nave D-1. 08038 Barcelona |
+34 932 988 960 +34 932 988 961 info@puvill.com |
facebook.com/Puvill.Libros
plus.google.com/+PuvillLibrosBarcelona |