COOPERACIÓN JUDICIAL CIVIL EN LA UNIÓN EUROPEA Y TUTELA EN ORIGEN DE DERECHOS FUNDAMENTALES |
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$ 35.00
Segons resposta
de l'editor |
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La garantía de los derechos fundamentales en el reconocimiento y ejecución de resoluciones extranjeras descansa en el control de la resolución por el tribunal del Estado requerido, de manera que su eficacia extraterritorial está condicionada al respeto de los derechos fundamentales. Frente a este modelo clásico de protección, la cooperación judicial civil europea ha generado un modelo alternativo, a impulso del principio de reconocimiento mutuo. Básicamente consiste en lo siguiente: el control por el tribunal requerido desaparece y se concentra en el tribunal de origen de la decisión | ||||||||||||||||||||
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