CONTRATOS Y COVID : EL PRINCIPIO "PACTA SUNT SERVANDA" Y LA REGLA "REBUS SIC STANTIBUS" |
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La incidencia de la Crisis COVID sobre las relaciones contractuales aconseja desvincular la Regla "rebus sic stantibus" de su clásica consideración como "cláusula"; como estipulación contractual o pacto implícito; fruto de la voluntad de las partes, y reconocerla como Principio general del Derecho. De este modo su virtualidad ?además de entrar en juego como fuente subsidiaria, en defecto de Ley y de Costumbre? será la de regla "informadora del Ordenamiento jurídico", incidiendo sobre este último como conjunto de las normas y fuentes que constituyen el Derecho vigente en España, mediante su exégesis a través de los cánones sociológico y teleológico, pero ?además? informará el Ordenamiento jurídico español, entendido como Comunidad nacional organizada, vertebrada en torno a valores y principios de convivencia, que es capaz de dotarse a sí misma de reglas de conducta jurídicas, para las relaciones sociales | ||||||||||||||||||||
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