ANáLISIS JURISPRUDENCIAL DE LA CLáUSULA REBUS SIC STANTIBUS |
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Desde la declaración del estado de alarma en marzo de 2020, se han aprobado diversas normativas en el ámbito de los arrendamientos urbanos que han resultado insuficientes. Ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo entre el arrendador y el arrendatario, muchos acuden a los Tribunales alegando la situación imprevisible causada por la crisis COVID-19 y la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus, especialmente en los locales de negocio ante el cierre o recorte en su aforo | ||||||||||||||||||||
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